Juzgado Policia Local
Este tendrá la estructura administrativa y competencias que establecen las Leyes N° 15.231 sobre Organización y Atribuciones de Policía Local y Nº18.287 sobre Procedimiento y sus modificaciones posteriores.
Departamentos
POLÍTICAS DE PRIVACIDAD
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Las Políticas de Privacidad del Municipio se encuentran aprobadas mediante Decreto N° 3291 del 15/09/2020.





Los Juzgados de Policía Local son Tribunales especiales que no forman parte del poder judicial, sin embargo, están bajo la supervigilancia directiva, correccional y económica de la Corte de Apelaciones Respectiva. Dependen administrativamente de la Municipalidad respectiva, impartiendo justicia dentro del territorio de su competencia y en las materias que les asigna la Ley 15.231, sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local.
Cada Tribunal se compone de un Juez y un Secretario Abogado, más una planta de personal para el cumplimiento de las funciones que se les asigne.
El Juez de Policía Local es el superior jerárquico del personal municipal que trabaja al interior del juzgado. Sus funciones generales están establecidas en la ley Nº 15.231 Sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local.
Los Jueces son independientes de toda autoridad municipal en el desempeño de sus funciones, ya que se encuentran sujetos a la supervigilancia de la Ilustre Corte de Apelaciones.
INFORMACIÓN
EL JUZGADO ESTÁ COMPUESTO POR
INFORMACIÓN SOBRE INFRACCIONES Y VALOR DE MULTAS
CALIFICACIÓN INFRACCIONES AL TRÁNSITO Y VALORES DE MULTAS
Art. 199 ley de tránsito 1,5 U.T.M. a 3 U.T.M. (sin rebaja de 25%) y suspensión Licencia de Conducir de 5 a 45 días)
MATERIAS DE COMPETENCIA/ NORMATIVA APLICABLE.
Dirección
San José 282, piso 2, Comuna de Puerto Varas.
Horario de atención
De lunes a viernes de 09:00 hasta las 14:00 horas.
Correo de contacto
jpl@ptovaras.cl
Ministro Visitador 2025